El descanso es necesario en cualquier empleo. Tras 1 año de duro trabajo hay que dejar descansar el cuerpo y la mente.
Tienes derecho a tener tus vacaciones como empleada del hogar. ¿Cuántas vacaciones te corresponden, cuándo y cómo?
A continuación, te damos las respuestas a estas dudas para que conozcas qué opciones tienes para disfrutar de ese merecido tiempo de descanso.
Las vacaciones de la empleada del hogar están reconocidas en la normativa que regula el servicio doméstico. Como en cualquier otro sector, puedes disfrutar de tus vacaciones durante treinta días naturales por año trabajado.
En relación con ello, conviene señalar que dispones de treinta días naturales si has trabajado 1 año completo para el mismo empleador. Pero, si has trabajado menos de 1 año, te corresponderá la parte proporcional a razón de 2,5 días por mes trabajado.
Si percibes un salario mensual, tus vacaciones deben remuneradas, es decir, debes cobrar tu salario también el mes que disfrutas de tu descanso. Si trabajas por horas, en el coste de la hora tienes prorrateada la parte proporcional de vacaciones (y también de paga extra) pero también tienes derecho a 30 días de vacaciones sin remunerar.
De los 30 días naturales al menos quince deben ser seguidos. Salvo que se pacte otra cosa entre empleador y empleada, quince días los puede asignar el empleador según sus necesidades y otros quince los elige la empleada libremente. Aunque lo habitual es llegar a un acuerdo para que la empleada pueda disfrutar las vacaciones seguidas y estar con su familia el mayor tiempo posible y el empleador pueda organizar su vida familiar.
Es importante que las fechas queden claras con 2 meses de antelación al día de inicio de las vacaciones.
Los empleados internos pueden residir donde quieran durante sus vacaciones, no es necesario que pernocten en el lugar de trabajo
Con estos datos, estamos seguros de que conseguirás tener un mayor control sobre qué periodo de vacaciones te corresponde y podrás organizarte de la mejor manera con tu empleador.
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