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Normativa

Legislación. Régimen y Convenio de Empleadas Hogar; impresos oficiales de la Seg. Social.

Fortuny Servicios S.L. cumple con la normativa vigente en protección de datos, contando con la autorización por escrito de las candidatas para ofrecer sus datos personales a los posibles empleadores y a los organismos oficiales que lo requieran. Todos los candidatos tienen su documentación en regla y referencias. Los informes de trabajos anteriores siempre son contrastados.

Están adheridos al régimen especial de Empleados de Hogar todos los trabajadores, cualquiera que sea su sexo y estado civil, y que reúnan los siguientes requisitos:
  • Ser mayor de 16 años. (En Fortuny todas nuestras trabajadoras son mayores de edad).
  • Que presten servicios exclusivamente domésticos para uno o varios titulares del Hogar familiar, o a un grupo de personas, que sin constituir una familia, convivan en el mismo hogar con tal carácter familiar.
  • Que estos servicios sean prestados en la casa que habite el titular del hogar familiar y demás personas que componen el hogar.
  • Que perciba por este servicio un sueldo o remuneración de cualquier clase que sea.
  • También pueden incluirse otros trabajos como guardería, jardinería o conducción de vehículos siempre que formen parte del conjunto de las tareas domésticas.
Fortuny Servicios SL es una agencia de colocación autorizada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por ello debemos reportar a dicho organismo los datos de todas las contrataciones que se produzcan a través de nuestra intermediación. Nuestros clientes y candidat@s aceptan la inclusión de sus datos personales en un fichero propiedad de Fortuny Servicios para el hogar SL. Dicho fichero está acogido a la Ley de Protección de Datos. Si desea que sus datos sean eliminados, por favor, comuníquelo por escrito a la siguiente dirección C/ Modesto Lafuente 16 Bajo C. 28010 Madrid. Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Ley 27/2011, de 1 de agosto,sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social para empleados del hogar Resumen de la nueva regulación:Impresos:
  • TA-2 Impreso de alta, baja o variación de datos de la empleada
  • TA-6 Impreso de alta en SS del empleador como cabeza de familia.

 

 
 
El Salario Mínimo Interprofesional en 2022 es de 1000 €/Mes por 14 pagas o lo que es lo mismo 14.000 €/año. Salario por hora: 7,29 €. Retribucion mensual: salario bruto anual (incluyendo las pagas extras) dividido entre 12, 13 ó 14 pagas. El salario puede abonarse en 12 pagas (que incluyan la prorrata de ambas pagas extras), en 13 pagas + 2 medias pagas en junio y diciembre (entendiéndose que la otra paga anual va prorrateada mensualmente) o en 14 pagas (12 sueldos mensuales + 2 pagas extras completas en junio y diciembre). En los 3 casos el salario anual nuca podrá ser inferior al SMI (14.000 e en 2022) El empleador está obligado a cotizar por las horas efectivamente trabajadas. Familia numerosa reducción hasta el 45% en la cuota de Seguridad Social presentando el libro de familia y siempre y cuando ambos cónyuges trabajen fuera del hogar familiar. CT: contingencias profesionales AT: accidentes de trabajo.
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