El contrato de trabajo de las empleadas de hogar no es opcional, se trata de una obligación entre empleador@ y empleada que debe formalizarse tan pronto se acuerda el inicio de la actividad.
A pesar de los esfuerzos del Ministerio de Trabajo, de las asociaciones de empleadas del servicio doméstico y de las agencias de empleo, todavía es muy común encontrar personal del servicio doméstico sin ningún tipo de contrato que sustente dicha contratación. Ya sea por desconocimiento del empleador@ o por falta de información por parte de la empleada, los contratos de trabajo a veces se obvian y se inicia la relación laboral sin ningún documento por escrito. La obligación de redactar y firmar un contrato no es solamente para contrataciones de servicio interno o a tiempo completo; así se trate de una contratación de una hora a la semana debe existir un documento en el que se enmarquen dentro de la ley las condiciones laborales y económicas acordadas.
Ambas partes se ven beneficiadas con el cumplimiento de este trámite, ya que las consecuencias más relevantes de no existir un contrato, entre otras, son:
-El empleado no podrá reclamar nada ante la ley si no cuenta con un contrato
-El empleado no tiene cobertura sanitaria si no tiene un contrato de trabajo que avale la veracidad de su contratación
-El empleador puede ser multado en caso de una inspección de trabajo
-El empleador tendrá que responder, de cara a las relaciones laborales comunes, como si se tratara de un contrato indefinido y a jornada completa independientemente de que se hubiera pactado de palabra otras condiciones si se comprueba que la contratación supera las cuatro semanas.
Si necesitas asesoría para la elaboración y firma de un contrato laboral para el servicio doméstico ponte en contacto con nosotros, en Fortuny Servicios para el Hogar contamos con el conocimiento para ayudarte.