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Gestoría Laboral

Para todos los clientes que han contratado servicio doméstico en Madrid a través de nuestra agencia y para todos aquellos que no son clientes pero necesitan asesoramiento con el “papeleo”, contamos con el servicio de una asesoría laboral experta en Hogar para ayudarles con las tareas administrativas que se derivan de la contratación de personal doméstico.
En Fortuny le ofrecemos un servicio de Gestoría Laboral en Madrid ayudándole con las siguientes tareas:
Altas y Bajas en SS

La tarifa que nuestros clientes abonan a Fortuny incluye el envío a su correo electrónico de todos los impresos necesarios para el alta en SS y de la copia de la documentación de la empleada.

Si no pueden encargarse personalmente de la tramitación ponemos a su disposición los servicios de una gestoría experta en Hogar.

Coste de los trámites:

- 50 € + IVA. Alta en Seguridad Social, contrato de trabajo y elaboración de una nómina modelo.

-12 € + IVA/mes. Elaboración de nómina mensual. Incluye 12 ó 14 nóminas, según se reparta el salario anual, finiquito, elaboración de contrato, cambio de jornada, carta de despido y certificado laboral para la obtención de la prestación por desempleo por parte de la trabajadora.

-15 € + IVA. Otros trámites: bajas y variaciones de datos, asignación de CCC.

-60 € + IVA. Tramitación de pago directo en supuestos de incapacidad temporal, maternidad, riesgo de embarazo, etc

Desde el 1 de Febrero de 2017 los trámites de Empleadas de Hogar pueden realizarse de forma telemática por el empleador siempre que éste cuente con DNI electrónico o certificado digital. Los trámites autorizados son el alta y/o la baja de la empleada , las variaciones de datos y la asignación de CCC al empleador. 

IR A ALTA SEGURIDAD SOCIAL
Desistimientos

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-Ley 16/22 para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras del servicio del hogar. El texto, que se aprobó en consejo de ministros del pasado 6 de septiembre de 2022, ha sido elaborado en contacto con las organizaciones sindicales y las plataformas de las empleadas de hogar.

El Decreto elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna.

A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido. Los 3 motivos contemplados son:

  1. Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.
  2. Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar.
  3. El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.
Baja Voluntaria

Puede ocurrir que nuestra empleada del hogar decida de manera unilateral rescindir su contrato laboral aun estando vigente, de manera totalmente voluntaria. Si nos encontramos ante este caso, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos referentes a los plazos en los que debe comunicarnos su baja.

Siempre que en el contrato firmado se contemple un periodo de preaviso en caso de baja voluntaria, la empleada del hogar está obligada a comunicarlo dentro del término previsto o en un plazo superior.

Cuando se cumple con el preaviso, a la empleada del hogar le corresponde por ley un finiquito que es comprende los días del mes trabajados hasta esa fecha, más la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones. Hay que tener en cuenta que en casos de baja voluntaria no corresponde indemnización.

Ahora bien, si no ha dado el tiempo estipulado, de la cantidad que le corresponde cobrar se podrán descontar los días que no se hayan cumplido de preaviso.

Descargue la solicitud de finiquito aquí:

DOCUMENTO LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO

Descargue el modelo de baja voluntaria aquí:

DOCUMENTO BAJA VOLUNTARIA
Prestación por desempleo

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-Ley 16/2022 para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. El texto, que se aprobó en consejo de ministros del pasado 6 de septiembre de 2022, ha sido elaborado en contacto con las organizaciones sindicales y las plataformas de las empleadas de hogar.

Las empleadas del hogar tendrán derecho a la protección en situación de desempleo tanto a nivel contributivo como a nivel asistencial.

Será obligatorio para el empleador cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre. Para que estas cotizaciones no supongan un sobreesfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial.

Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.

Además, el Real Decreto-Ley también establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

Nómina de la Empleada de Hogar

El salario que debe cobrar una empleada del hogar no deja de ser un tema que interesa tanto a la parte contratante como a la contratada. De acuerdo con lo que marca la Ley, una empleada del hogar no puede cobrar nunca por debajo del Salario Mínimo Interprofesional que marca anualmente el Gobierno.

Se trata de cantidades mínimas, por encima de ellas se encuentran los salarios de mercado que ambas partes pueden negociar y llegar a un acuerdo.

Siempre tiene que quedar reflejado y acreditado en algún documento, la cantidad que se percibe bien a través de un recibo individual o de un modelo oficial de nómina vigente.

Actualmente la nómina de una empleada de hogar, incluye además de las contingencias comunes y profesionales que corresponden al empleador, otras aprobadas en los últimos meses como son el Desempleo, Fogasa y MEI que corresponden tanto a empleador como a emplead@.

Es importante que la nómina refleje claramente todos los conceptos.

Para las empleadas del hogar que trabajan en régimen externo por horas, su salario será del 10 € netos por hora trabajada. El coste de la hora incluye parte proporcional de pagas y vacaciones. Se abonará de forma adicional la cuota de seguridad social

En Fortuny sabemos que no siempre es fácil ocuparse de las tareas del hogar, por eso te ayudamos a contratar cualquier servicio.

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