Alta en la Seguridad Social de la empleada del hogar

Una empleada del hogar que no esté dada de alta en la Seguridad Social puede ser motivo de sanción para el empleador.

Es muy importante que la empleada doméstica trabaje de forma legal y esté correctamente regulada como estipula la normativa vigente.

En este caso el empleador debe darla de alta en la Seguridad Social antes de la contratación, excepto si esta no cumple un número de horas específico, 60 horas al mes, siendo responsabilidad de la contratada el hecho de afiliarse, darse de alta o de baja, todo esto bajo un acuerdo con el contratante.

Lo más importante del alta del servicio doméstico no es evitar las posibles sanciones económicas por incumplimiento sino los beneficios que las contratadas tienen por parte de la Seguridad Social. Algunas ventajas son:

Todo esto resume la importancia de que los empleadores den de alta a sus empleadas del hogar ya que es un acto provechoso para los contratantes, que evitan sanciones en caso de inspecciones y para las contratadas que disfrutan de beneficios laborales.

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