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Indemnizaciones para Empleadas del Servicio Doméstico en Madrid

Las indemnizaciones para empleadas del servicio doméstico varían de acuerdo a las circunstancias por las cuales se extingue la relación laboral, por lo tanto intentaremos explicar de manera breve y muy resumida cuales son esas posibles circunstancias y que condiciones se deben cumplir para que exista una indemnización por parte del empleador.

Lo primero y más importante para ir descartando situaciones es que si el despido es procedente no hay lugar a ningún tipo de indemnización.  Básicamente se considera como despido procedente de una empleada de hogar cuando:

-Hay faltas repetidas de asistencia o incumplimiento del horario

-Existe indisciplina o desobediencia de cara al cumplimiento de sus tareas

-Han habido ofensas físicas o verbales hacía el empleador o su familia

-Abuso de confianza por parte de la empleada

-Disminución continuada y voluntaria del rendimiento en el trabajo

-Embriaguez o toxicomanía

-Acoso por parte de la empleada por razones de raza, religión, orientación sexual o discapacidad hacia el empleador o su familia

Explicados estos puntos procedemos con los casos en los que cabe una indemnización ya que la extinción de la relación laboral es unilateral y parte del empleador sin tratarse de un despido disciplinario.

Si existe la intención de no contar más con los servicios de una empleada doméstica, la ley marca un pre-aviso de 20 días en caso de que la empleada lleva más de un año en su puesto de trabajo.  Si es menos de un año el pre-aviso debe ser de 7 días.  En ambos casos la empleada podrá contar una hora de su jornada laboral para destinarla a la búsqueda activa de empleo.  Adicionalmente si estamos hablando de una empleada interna dicho despido no podrá ejecutarse entre las 5 de la tarde y las 8 de la mañana del día siguiente salvo en casos de despidos disciplinarios.

Entrando en materia de indemizaciones, la cuantía es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, es decir, hasta 12 años.

Para que el finiquito quede firmado y toda relación laboral se de legalmente por extinguida, es indispensable que el abono de cantidades adeudadas se haga de inmediato junto con la gestión de la carta de despido, de lo contrario podría tener consecuencias legales y sobre costes para el empleador.

Después de esta explicación si aún tiene dudas, contacte con nosotros y gustosamente le asesoraremos tanto en la gestión del despido como en la búsqueda de nuevo personal para el servicio doméstico con todas las garantías de referencias y experiencia que Fortuny Servicios del Hogar pone siempre a disposición de sus clientes.

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